A- de 2022
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Noveno Administrativo de Oralidad de Popayán y el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Popayán.
Conflicto originado por la presentación de una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, por parte de un ciudadano, en contra de la Empresa Social del Estado Popayán, a través de la cual solicitó que (i) se declarara la nulidad de un acto administrativo emitido por la E.S.E. demandada mediante el cual se negó la existencia de una relación laboral y el pago de las correspondientes acreencias; a título de restablecimiento del derecho (ii) se reconociera la existencia de una relación laboral con la demandada efectuando actividades propias de servidor público desde el 2 de noviembre de 2007 hasta el 15 de junio de 2017; y en consecuencia (iii) se condenara a la demandada a pagar a favor del accionante las prestaciones sociales derivadas de la relación laboral y las respectivas indemnizaciones a que haya lugar.
Verificado el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte Constitucional falló, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 104 del CPACA, que la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado y, por consiguiente, ordenó remitir el expediente al Juzgado Noveno Administrativo de Oralidad de Popayán para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Popayán.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Noveno. Administrativo de Oralidad de Popayán y el Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Popayán y DECLARAR que el Juzgado
- Noveno. Administrativo de Oralidad de Popayán es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por el señor Wilder Gil Ojeda Ojeda en contra de la Empresa Social del Estado Popayán.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-628 al Juzgado
- Noveno. Administrativo de Oralidad de Popayán para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Popayán.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.